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Adicto a los Adictos

LIBRE DESARROLLO DE LA PERSONALIDAD

Nuestra Carta Magna ha consagrado el tema del libre desarrollo de la personalidad. Un magistrado de la Corte Constitucional hizo de la etiqueta un dogma; hoy es un dirigente de la progresista izquierda nacional, candidato a la presidencia y reputado adalid bondadoso de los derechos fundamentales. Y el concepto ha cundido.

 

Cada cual tiene derecho a consumir drogas, es nuestro tema, porque es su opción personal y nadie puede limitarla.

 

Y en el papel el tema suena atractivo como progreso de las libertades individuales, el avance de una sociedad cerrada a una sociedad abierta y pluralista.

 

Pero cuando nos enfrentamos a un adicto, cuando vivimos de cerca el viaje al infierno de un adicto, no podemos menos que preguntarnos, y ¿en qué consiste el libre desarrollo de la personalidad?

 

En primer lugar el adicto sufre. Ante todo es un sufridor total que se ahoga en el paraíso artificial de la droga. Ese es su problema. Y si sólo fuera su problema quizás podríamos ser respetuosos e indiferentes.

 

Pero en segundo lugar, la familia próxima sufre las primeras consecuencias del adicto. La primera, cuando deja de ser funcional. La segunda, cuando el adicto comienza el viaje al infierno, a la locura de adicto sumido en su tortuoso mundo de agonía progresiva. En ese suicidio progresivo que invade al adicto y compromete a su entorno

 

En tercer lugar, el entorno se deteriora y afecta a las gentes próximas. Bien porque sufren. Bien porque son victimas de los desmanes a los que se ve obligado el adicto para consumir.

 

En cuarto lugar, la sociedad comienza a ser amenazada por el adicto: robo, delincuencia, promiscuidad, anomia. Luego la sociedad deberá invertir en la costosísima labor de recuperar o al menos frenar a los adictos.

 

Tenemos una legislación que dosifica la llamada dosis personal. Aceptable. Tolerada. Derivación práctica del ejercicio de la inalienable teoría del libre desarrollo de la personalidad.

  

Afirman los adictos: si se tolera y se fomenta el consumo de licor, ¿a cuenta de qué puede limitar el consumo de sustancias alucinógenas? Y llevado al extremo hay que concederles razón.

 

Respondo diciendo: Favorecer, tolerar, permitir y sacar provecho del alcohol por parte del Estado y con la bendición social, es tan perverso como legalizar la dosis personal de sustancias adictivas.

 

¿Puede el Estado invadir la esfera privada para evitar el consumo de drogas?

 

Quizás el consumo es la última etapa del eslabón. Lo que no puede permitir, ni tolerar el Estado es la plantación, procesamiento y distribución descarada de sustancias adictivas en las calles, a la puerta de los colegios y las universidades.

 

Las miles, ¿casi millones?, de familias que soportan en silencio el calvario y el drama de un adicto, ¿leerán con satisfacción el avance constitucional referente al libre desarrollo de la personalidad aplicado al consumo de alcohol y otras sustancias adictivas?

  

Me pregunto si los Magistrados de las Altas Cortes, tan apegados a la letra y el espíritu de la Constitución del Estado Social de Derecho, ¿suscribirán sin reservas la teoría del libre desarrollo de la personalidad, cuando viven en sus hogares la adicción de sus padres, parejas, hijos o de sus parientes próximos? 

4 comentarios

José Manuel -

el derecho del libre desarrollo personal no es un derecho que expresa la libertad de hacer lo que nos da la gana, tiene una limitación y esta limitación es lo prohibido o reñido por normas imperativas y el perjuicio a terceros, además incluye el proyecto de vida de cada persona y no creo que en el proyecto de vida esté una en que no hay objetivos ni metas concretas, además que una persona con adicción sí provoca perjuicios a terceros, entonces el consumo de drogas como ejercio del derecho al libre desarrollo de la personaidad, desde mi perspectiva seríua inviable... humilde opinión

eduardo -

komo aki se nos mensiona kada individuo tiene derecho a su libre juicio i al libre desarrollo de su personalidad
Pero la libertad de cada persona termina cuando esta ya esta invadiendo la de otro individuo o cualdo se violan los derechos de otras personas.
Bieb ya viendo los dos puntos es posible que si una persona es independiente y tiene alguna adiccion y esta no le afecta en sus relaciones,trabajo, etc.
y esta se ponga bajo tratamiento contra su voluntad, mientas se le priba de su libertad se esten violando sus derechos humanos, esto sin contar las condiciones en las que se manejan la mayoria de centros de desintoxicacion.

Ana Maria -

muy largo

Myriam -

Me gusto la forma tan poetica de escribir del autor